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CIDH pide a Corte IDH ampliar medidas provisionales sobre 5 disidentes presos en Nicaragua

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San José, 05 abr (EFE).- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ampliar las medidas provisionales a favor de cinco disidentes nicaragüenses presps y “quienes se encuentran en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables a sus derechos”, informaron este domingo organismos humanitarios.

La CIDH decidió solicitar la ampliación de las medidas provisionales para proteger al general en retiro Álvaro Baltodano Cantarero -un antiguo asesor del presidente del país, Daniel Ortega-, así como a su hijo, el empresario Álvaro Baltodano Monroy, acusados por la Procuraduría General de Justicia de crear “20 sociedades de papel” para lavar dinero y evadir impuestos.

También al coronel en retiro Carlos Brenes, así como a su esposa, Salvadora Martínez, y al opositor Larry Martínez, de acuerdo con la ONG Colectivo de Derechos Humanos Nunca Más, con sede en Costa Rica.

Esas medidas se enmarcan dentro de uno más amplio llamado ‘Asunto Juan Sebastián Chamorro y otras personas respecto a Nicaragua’, el cual se refiere a la persecución política que han sufrido más de un centenar de opositores al Gobierno que preside Ortega junto a su esposa, Rosario Murillo, en los últimos ocho años, explicó la CIDH.

La Comisión anotó que las cinco personas, tres de ellas adultos mayores, son beneficiarias de medidas cautelares.

Respecto de Baltodano Cantarero, quien era el delegado presidencial nicaragüense para las inversiones, así como a su hijo, la Comisión señaló que se encuentran en el centro de detención ‘La Modelo’, tras desconocerse por más de cinco meses su paradero, y con alegatos de falta de atención médica adecuada a sus condiciones de salud.

Mientras Brenes, su esposa, y Martínez continúan con paradero desconocido tras su detención, alertó la CIDH.

A pesar de las acciones realizadas para obtener información por parte del Estado de Nicaragua, la CIDH sostuvo que no ha recibido respuesta que indique la adopción de medidas idóneas y efectivas para mitigar el riesgo, ni sobre acciones de concertación o medidas para investigar los eventos de riesgo.

Por lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 63,2 de la Convención Americana y el art&#2

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