Las tres aspirantes que compitieron con la pareja de Pérez Llorca tenían más años de antigüedad en la función pública
El informe de idoneidad de la Dipiutación de Valencia por el que se otorga la plaza a Vanesa Soler cuenta tan solo los días trabajados en la categoría C1 en funciones específicas propias de puestos de secretaria de dirección y no la experiencia en otros puestos con rango C2, lo que descarta al resto de aspirantes con más años como funcionarias La pareja de Pérez Llorca es funcionaria tras una estabilización y desde hace dos años: los datos erróneos del presidente El fichaje de la pareja del presidente del Gobierno valenciano, Juan Francisco Pérez Llorca, por parte de la Diputación de Valencia por medio de una comisión de servicios ha puesto en el foco este tipo de procedimientos tan habitual en la función pública como discrecional por la ausencia de criterios objetivos y preestablecidos para valorar los procedimientos.
Se trata de un mecanismo destinado a favorecer la movilidad de los funcionarios.
Como avanzó elDiario.es , Vanesa Soler Sillero, hasta ahora administrativa del Ayuntamiento de Finestrat, que dirigía como alcalde el propio Pérez Llorca, tenía una retribución de 25.652 euros al año, sin contar pluses.
Ahora, en su nueva plaza como secretaria de dirección del Centro de Asistencia a Municipios de la institución provincial, cobrará unos 52.070,50 euros brutos al año como mínimo.
La Diputación de Valencia cuenta con un protocolo que regula las comisiones de servicio en el que no se concreta los aspectos que se deben valorar en cada convocatoria, por lo que queda a expensas del responsable del servicio al que se adscribe la plaza (el que será su jefe) la elaboración de un “informe de idoneidad” para escoger quién se queda con el puesto. “Dicho informe deberá fundamentarse en las competencias y capacidades de la persona propuesta para el cumplimiento de las funciones específicas del puesto”, señala el protocolo.
El informe, además, se realiza una vez todos los candidatos han presentado la documentación requerida, principalmente formación y años de experiencia en la función pública en general, y en la categoría de la plaza que se va a cubrir en particular.
De esta forma, se trata de revestir o argumentar la adjudicación de una plaza que no deja de ser de libre designación, pero que genera unos derecho
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